Descubrir que Hacienda ha embargado tu cuenta bancaria o tu nómina es una de las situaciones más angustiosas que puede vivir una persona o empresa.
De un día para otro, los fondos desaparecen o se bloquean, los recibos quedan impagados y la preocupación se convierte en urgencia.
Pero lo más importante que debes saber es que el embargo no es el final del proceso, y en la mayoría de los casos puede detenerse, suspenderse o incluso revertirse si se actúa con rapidez y dentro de la legalidad.
La Agencia Tributaria (AEAT) puede embargar cuentas, salarios o bienes cuando considera que existe una deuda pendiente, pero debe hacerlo cumpliendo unos requisitos estrictos: notificar correctamente, respetar los plazos y aplicar los límites legales de embargo.
Si no lo hace, el embargo puede ser impugnado y anulado.
⚖️ “Hacienda puede embargar, pero no puede saltarse tus derechos.”
En Área Jurídica Global contamos con un equipo de abogados especialistas en embargos de Hacienda, que analizan tu caso, revisan el procedimiento y actúan de inmediato para frenar el embargo, recuperar lo retenido y evitar nuevos bloqueos.
Llevamos años ayudando a particulares, autónomos y empresas en toda España a defenderse frente a la Agencia Tributaria con una estrategia legal sólida y eficaz.
En Área Jurídica Global analizamos tu embargo, detectamos errores en la actuación de la Agencia Tributaria y diseñamos la mejor estrategia legal para detenerlo o recuperar tu dinero.
¿Por qué Hacienda puede embargar tus cuentas o tu nómina?
Hacienda puede embargar tus cuentas bancarias, tu nómina o tus bienes cuando considera que existe una deuda tributaria pendiente y que no se ha pagado dentro del plazo legal.
Sin embargo, para hacerlo debe seguir un procedimiento estricto, regulado por la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación.
Esto significa que no puede embargar sin haberte notificado antes la existencia de la deuda ni sin darte la oportunidad de pagarla o recurrirla.
⚖️ “El embargo es la última fase del proceso recaudatorio, no la primera.”
En la práctica, la Agencia Tributaria (AEAT) embarga cuando:

- Has recibido una liquidación o sanción y no la has abonado en el plazo voluntario.
- No has contestado a una notificación o requerimiento de pago.
- Se ha iniciado un procedimiento de apremio por impago.
- Existen deudas acumuladas o pendientes de resolución.
En algunos casos, el embargo se ejecuta incluso sin que el contribuyente haya recibido la notificación en su buzón electrónico, lo que vulnera el derecho de información y defensa y permite impugnar el procedimiento.
Qué puede embargar Hacienda
La Agencia Tributaria puede actuar sobre distintos tipos de bienes y derechos económicos:
Cuentas bancarias: bloquea o retira el saldo disponible hasta cubrir la deuda.
Nóminas y salarios: embarga una parte del sueldo mensual según los límites establecidos por ley.
Devoluciones de la Renta: puede retener la devolución del IRPF si hay deudas pendientes.
Vehículos, inmuebles o bienes registrales: en casos de impago prolongado.
Pagos de clientes o proveedores: en el caso de empresas y autónomos.

No obstante, la ley establece límites claros:
- No puede embargar la totalidad del salario ni las cuentas con saldos protegidos (por ejemplo, ayudas sociales o pensiones mínimas).
- Tampoco puede actuar sin notificación válida o sin motivación legal.
Nuestros abogados revisan cada embargo para comprobar si la AEAT ha respetado los límites legales y, en caso contrario, iniciamos los trámites para suspenderlo o solicitar su devolución inmediata.
Qué errores comete Hacienda con más frecuencia
Aunque la Administración dispone de sistemas automáticos de embargo, no siempre actúa correctamente.
Los errores más comunes son:
- Embargos sin notificación previa o con defectos en la dirección electrónica habilitada.
- Embargos sobre cuentas conjuntas de las que el deudor no es titular único.
- Embargos sobre salarios por encima del límite legal permitido.
- Duplicidad de diligencias o retenciones sobre la misma deuda.
Estos defectos anulan el procedimiento y permiten al contribuyente recuperar el dinero embargado.
En Área Jurídica Global hemos resuelto numerosos casos en los que el embargo se declaró nulo por falta de notificación válida o exceso de embargo, logrando la devolución íntegra del importe retenido.
💬 “Un embargo mal notificado no vale: la ley protege al contribuyente frente a los errores de Hacienda.”
En Área Jurídica Global analizamos la legalidad del embargo y te ayudamos a pararlo, suspenderlo o anularlo si Hacienda ha vulnerado tus derechos.
Cómo actuar cuando Hacienda te embarga
Cuando descubres que Hacienda ha bloqueado tu cuenta bancaria o embargado tu nómina, la reacción más común es la desesperación.
Los pagos automáticos se devuelven, los recibos no se pueden atender y la sensación de indefensión es total.
Sin embargo, actuar con rapidez y con la ayuda de un abogado especializado puede marcar la diferencia entre perder el dinero embargado o recuperarlo legalmente.
⚖️ “En materia fiscal, el tiempo no se negocia: cada hora cuenta.”
Comprueba la notificación y el origen del embargo
El primer paso es identificar la causa exacta del embargo.
Puede derivar de:
- Una deuda tributaria impagada (IRPF, IVA, sociedades…).
- Una sanción pendiente de una inspección o comprobación.
- Un aplazamiento incumplido.
- Una deuda heredada o solidaria (por ejemplo, de una sociedad disuelta).

Nuestros abogados revisan el expediente en la Sede Electrónica de la AEAT para comprobar si el embargo se notificó correctamente, si está dentro de plazo y si existe algún defecto de forma que permita anularlo o suspenderlo de inmediato.
Revisa si el embargo es legal y proporcional
No todos los embargos cumplen la ley.
Hacienda debe respetar los límites legales establecidos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que protege una parte del salario, pensiones y cuentas con ingresos inembargables.
Además, la Agencia Tributaria no puede embargar el mismo importe en varios bancos a la vez ni duplicar diligencias sobre la misma deuda.
En Área Jurídica Global revisamos si el embargo es proporcional, motivado y correctamente notificado.
Si detectamos errores, presentamos escrito de nulidad o suspensión ante la Delegación de Recaudación correspondiente.
💬 “La ley protege tus ingresos básicos: si Hacienda los embarga, está vulnerando tus derechos.”
Solicita la suspensión del procedimiento de apremio
Una vez identificado el origen, el siguiente paso es solicitar la suspensión cautelar del procedimiento mientras se estudia la legalidad del embargo.
Esta suspensión puede pedirse si:
- El embargo está mal notificado.
- Existen recursos pendientes de resolución.
- Se presenta un recurso de reposición o reclamación económico-administrativa.
- Se acredita perjuicio económico grave.
Solicitar la suspensión es clave porque detiene temporalmente la ejecución, impidiendo que Hacienda siga retirando dinero o ampliando el embargo a otros bienes.
Nuestros abogados presentan la solicitud en nombre del cliente y aportan la documentación necesaria (justificantes, extractos, nóminas y alegaciones legales) para obtener la paralización lo antes posible.
Negocia o solicita un aplazamiento de la deuda
En muchos casos, la mejor forma de resolver un embargo es negociar un plan de pago o un aplazamiento.
Esto demuestra buena fe y puede frenar el procedimiento, permitiendo regularizar la situación sin perder liquidez.
El aplazamiento puede solicitarse incluso después de iniciado el embargo, siempre que no se haya completado la ejecución.
En Área Jurídica Global elaboramos la propuesta jurídica y económica adaptada al perfil del cliente, acreditando su capacidad de pago y negociando condiciones realistas ante la AEAT.

⚖️ “Un embargo no se evita con suerte, se evita con estrategia.”
Recurre el embargo si se ha ejecutado indebidamente
Si ya te han retirado el dinero, aún puedes reclamar su devolución.
Los embargos pueden anularse por defectos de notificación, exceso en los importes retenidos o duplicidad de actuaciones.
Nuestros abogados preparan el recurso de reposición o reclamación económico-administrativa solicitando la devolución de lo embargado con intereses.
La experiencia demuestra que un alto porcentaje de embargos se anulan por errores administrativos, especialmente cuando la AEAT actúa de forma automática sin comprobar la naturaleza del ingreso.
En Área Jurídica Global revisamos tu caso, comprobamos la legalidad del embargo y gestionamos su suspensión o devolución con una defensa fiscal inmediata.
Cuánto dinero puede embargar Hacienda
Hacienda no puede embargar todo lo que quiera.
Existen límites legales muy claros que protegen al contribuyente para que pueda seguir cubriendo sus necesidades básicas y las de su familia.
Estos límites se recogen en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y también se aplican a los embargos realizados por la Agencia Tributaria (AEAT).
⚖️ “La ley protege una parte de tus ingresos, aunque tengas deudas con Hacienda.”
El problema es que muchas veces Hacienda no aplica correctamente estos límites, sobre todo cuando el embargo se hace de forma automática.
Por eso, es fundamental que un abogado revise si la cantidad retenida se ajusta o no a la normativa.

Límite de embargo sobre la nómina o salario
El salario mínimo interprofesional (SMI) es inembargable.
Esto significa que Hacienda no puede tocar el dinero equivalente al SMI vigente, que en 2025 asciende a 1.134 euros mensuales.
A partir de esa cantidad, se aplican tramos de embargo progresivos:
| Tramo de ingresos | Porcentaje embargable |
|---|---|
| Hasta 1 × SMI (1.134 €) | 0 % — Inembargable |
| De 1 a 2 × SMI (1.134 € – 2.268 €) | 30 % |
| De 2 a 3 × SMI (2.268 € – 3.402 €) | 50 % |
| De 3 a 4 × SMI (3.402 € – 4.536 €) | 60 % |
| De 4 a 5 × SMI (4.536 € – 5.670 €) | 75 % |
| Más de 5 × SMI | 90 % |
Si el contribuyente tiene cargas familiares (hijos o personas dependientes), estos porcentajes pueden reducirse entre un 10 % y un 15 %, de acuerdo con la situación personal acreditada.
💬 “Si te han embargado más de lo permitido, el embargo es recurrible y puede anularse.”
Embargo sobre cuentas bancarias
El dinero depositado en una cuenta bancaria también puede embargarse, pero con condiciones:
- Solo puede embargarse el saldo existente en el momento de la diligencia.
- Si la cuenta contiene ingresos procedentes del salario, pensión o ayudas sociales, debe aplicarse el mismo límite de inembargabilidad que al sueldo.
- No pueden embargarse prestaciones por desempleo, subsidios familiares ni ayudas públicas de carácter asistencial.
En la práctica, los sistemas automáticos de la AEAT no distinguen el origen del dinero, por lo que embargan todo el saldo disponible.
Nuestros abogados solicitan de inmediato la devolución de las cantidades indebidamente retenidas, acreditando el origen de los fondos mediante nóminas o justificantes bancarios.
Embargo de pensiones y prestaciones
Las pensiones también están protegidas por el mismo límite del SMI inembargable.
En el caso de las pensiones no contributivas o de invalidez, el embargo no puede aplicarse sobre el importe íntegro, ya que estas prestaciones tienen naturaleza asistencial.
Además, si la persona percibe varias pensiones (por ejemplo, de jubilación y viudedad), solo pueden sumarse a efectos de calcular el límite embargable si proceden del mismo beneficiario.
⚖️ “La ley no permite dejar a nadie sin medios para vivir, aunque tenga deudas tributarias.”
Embargo de devoluciones o ayudas públicas
La Agencia Tributaria puede retener devoluciones del IRPF, subvenciones o ayudas públicas, pero solo hasta cubrir el importe de la deuda pendiente.
En ningún caso puede retener cantidades superiores o continuar embargando una vez saldada la deuda.
Nuestros abogados fiscalistas revisan estas actuaciones para evitar duplicidades o retenciones indebidas.
Qué hacer si Hacienda embarga más de lo permitido
Si detectas que el embargo supera los límites legales, puedes solicitar la rectificación inmediata mediante un escrito dirigido a la Delegación de Recaudación de la AEAT.
El procedimiento se llama incidente de reducción de embargo, y permite:
- Reajustar los porcentajes.
- Solicitar la devolución del exceso.
- Suspender nuevas retenciones hasta la resolución del incidente.
En Área Jurídica Global gestionamos este proceso en nombre del cliente y acompañamos la solicitud con la documentación acreditativa (nóminas, extractos, cargas familiares, certificados bancarios, etc.) para conseguir una resolución favorable lo antes posible.
💡 “Un embargo no revisado puede costarte cientos de euros cada mes. Un abogado puede detenerlo en días.”

En Área Jurídica Global comprobamos si Hacienda ha respetado los límites legales de embargo y te ayudamos a recuperar las cantidades retenidas de forma indebida.
Cómo parar un embargo de Hacienda de forma legal
La buena noticia es que sí se puede parar un embargo de Hacienda, y en muchos casos sin necesidad de pagar la deuda de inmediato.
La clave está en actuar rápido y dentro de los plazos legales, porque cada día cuenta.
El embargo no es un castigo irreversible: es una medida de ejecución que puede suspenderse, aplazarse o anularse si se demuestra que la Agencia Tributaria ha cometido un error o si el contribuyente acredita buena fe y voluntad de pago.
⚖️ “Un embargo solo es definitivo si te quedas quieto. Si actúas, se puede detener.”

Solicitar la suspensión del procedimiento de apremio
La vía más directa para frenar un embargo es solicitar su suspensión cautelar.
Esto se puede hacer en dos situaciones:
- Cuando el embargo se ha dictado sin notificación válida.
- Cuando existe un recurso o reclamación pendiente sobre la deuda origen del embargo.
Nuestros abogados presentan un escrito de solicitud de suspensión ante la Delegación de Recaudación de la AEAT, acompañado de la documentación que acredite la irregularidad.
Si el procedimiento está viciado (por ejemplo, notificación electrónica no recibida o notificación enviada a una dirección errónea), la suspensión suele concederse en pocos días.
💬 “La suspensión cautelar congela el embargo mientras se revisa su legalidad.”
Presentar un recurso de reposición o reclamación económico-administrativa
Si la deuda que ha originado el embargo es discutible, puede presentarse un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa.
Ambos procedimientos permiten paralizar temporalmente la ejecución hasta que se resuelva el recurso.
En Área Jurídica Global analizamos el expediente y preparamos un escrito de recurso sólido, demostrando que:
- El embargo es desproporcionado o carece de motivación.
- La deuda no es exigible todavía (por ejemplo, porque está recurrida o en revisión).
- Hacienda ha incumplido plazos o ha actuado fuera de procedimiento.
Estos recursos no solo sirven para detener el embargo, sino también para anular la deuda si el procedimiento de origen fue defectuoso.
Negociar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda
Cuando la deuda es legítima pero no se puede pagar de golpe, la mejor opción es negociar un aplazamiento.
Este mecanismo legal permite frenar la ejecución y evitar el embargo, presentando un plan de pagos viable.
Hacienda suele aprobar aplazamientos para:
- Deudas inferiores a 30.000 € sin necesidad de aval.
- Deudas superiores si se aportan garantías o documentación de solvencia.

Nuestros abogados gestionan el aplazamiento y solicitan la suspensión automática del embargo mientras se tramita la solicitud.
Esto da tiempo para reorganizar la economía y evitar que se bloquee la cuenta o la nómina.
⚖️ “El aplazamiento no es una derrota: es una herramienta legal para ganar tiempo y recuperar el control.”
Demostrar la improcedencia del embargo
Si la deuda pertenece a otra persona (por ejemplo, una sociedad o un antiguo cónyuge), o si el embargo afecta a bienes compartidos, puede demostrarse la improcedencia del embargo mediante un incidente de tercería de dominio o mejor derecho.
En estos casos, nuestros abogados presentan la documentación registral o contractual que acredita que el bien embargado no pertenece al deudor, logrando su liberación inmediata.
También se puede anular el embargo cuando:
- El importe embargado supera la deuda real.
- Hacienda no aplica correctamente los límites del salario inembargable.
- Se embargan cuentas conjuntas o de terceros.
💡 “No todo lo que Hacienda embarga es suyo por derecho: a veces, se equivoca.”
Solicitar la devolución del dinero embargado
Si el embargo ya se ha ejecutado, aún se puede recuperar el dinero.
Nuestros abogados presentan una reclamación de ingresos indebidos, alegando el defecto legal del procedimiento o la falta de motivación del embargo.
Cuando el recurso prospera, Hacienda está obligada a devolver el importe más los intereses de demora.
En Área Jurídica Global actuamos de forma inmediata para suspender, aplazar o anular embargos de Hacienda y recuperar tus fondos con garantías legales.
Cuándo se puede recuperar el dinero embargado
Aunque muchos piensan lo contrario, Hacienda no siempre tiene derecho a quedarse con el dinero embargado.
El embargo es una medida de ejecución que debe cumplir unos requisitos legales muy concretos, y si se incumplen, el contribuyente puede recuperar las cantidades retenidas.
Esto ocurre más a menudo de lo que parece, ya que gran parte de los embargos se realizan de forma automática y sin revisión previa, lo que genera errores de procedimiento.
⚖️ “Que Hacienda te haya embargado no significa que tenga razón.”

Embargos sin notificación válida
Uno de los motivos más frecuentes para reclamar la devolución es la falta de notificación correcta.
Hacienda debe comunicar la existencia de la deuda y la diligencia de embargo por vía oficial —ya sea electrónica o postal—, con acuse de recibo y dentro del plazo legal.
Si el contribuyente no fue notificado adecuadamente, el embargo es nulo de pleno derecho.
En estos casos, nuestros abogados presentan una reclamación de nulidad y devolución de ingresos indebidos, acompañada de la prueba de falta de notificación.
Cuando se demuestra la irregularidad, la AEAT devuelve el dinero y cancela la diligencia.
💬 “Si no te avisaron, no pueden quitarte el dinero: la ley está de tu lado.”
Embargos por exceso o duplicidad
Hacienda suele gestionar los embargos a través de sistemas automatizados.
Esto provoca que, en ocasiones, se embarguen cantidades mayores a la deuda real o que se repita el embargo sobre distintas cuentas o pagadores para el mismo expediente.
Cuando esto ocurre, el contribuyente tiene derecho a solicitar:
- La rectificación del importe embargado.
- La devolución del exceso con intereses de demora.
Nuestros abogados presentan un escrito de revisión de diligencia ante la Delegación de Recaudación, demostrando que el embargo excede el importe debido o se ha ejecutado varias veces sobre la misma deuda.
Embargos sobre fondos inembargables
En muchas ocasiones, la AEAT embarga cuentas con ingresos procedentes de salarios, pensiones o ayudas públicas, sin distinguir su origen.
Pero la ley es clara:
- El salario mínimo interprofesional es inembargable.
- Las prestaciones sociales o familiares no pueden ser objeto de embargo.
- Las pensiones asistenciales o de invalidez tienen protección total.
Cuando el dinero retenido tiene este origen, el embargo se considera ilegal.
Nuestros abogados lo demuestran mediante nóminas, certificados de pensión o extractos bancarios, solicitando la devolución íntegra de las cantidades indebidamente embargadas.
⚖️ “Hacienda no puede embargar lo que la ley declara intocable.”
Embargos anulados tras un recurso favorable
Si has presentado un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa y el resultado es favorable, Hacienda está obligada a devolverte automáticamente las cantidades embargadas durante el procedimiento.
Sin embargo, la práctica demuestra que muchas veces la AEAT no lo hace de oficio, y es necesario presentar un escrito de ejecución de resolución para que la devolución se haga efectiva.
En Área Jurídica Global nos encargamos de esta gestión para que el cliente reciba su dinero sin demoras ni trámites adicionales.

Cómo se solicita la devolución del dinero embargado
La devolución se tramita mediante una reclamación de ingresos indebidos, prevista en el artículo 221 de la Ley General Tributaria.
Este procedimiento debe presentarse dentro del plazo de cuatro años desde la fecha del embargo.
Nuestros abogados preparan el expediente con todos los documentos necesarios:
- Justificantes bancarios.
- Copias de las diligencias de embargo.
- Resoluciones favorables o pruebas del error.
- Solicitud formal de devolución e intereses.
El procedimiento puede resolverse en pocas semanas, y en caso de demora, se devengan intereses de demora a favor del contribuyente.
💡 “Revisar tu embargo no solo puede devolverte dinero: puede devolver tu tranquilidad.”
En Área Jurídica Global revisamos tu embargo, comprobamos si fue legal y gestionamos la devolución de las cantidades retenidas indebidamente con la máxima rapidez.
Cómo te ayudamos desde Área Jurídica Global
En Área Jurídica Global sabemos que detrás de cada embargo hay más que una deuda:
hay proyectos personales, familias, negocios y personas que han cumplido durante años con sus obligaciones y que ahora se sienten injustamente tratadas por la Administración.
Por eso, nuestro trabajo no se limita a presentar escritos o recursos: defendemos tus derechos con estrategia, conocimiento jurídico y empatía.
⚖️ “Cuando Hacienda actúa, necesitas más que asesoramiento: necesitas defensa.”
Análisis jurídico inmediato del embargo
Desde el primer contacto, nuestros abogados analizan tu caso para determinar:
- Si el embargo se notificó correctamente.
- Si se ha respetado el procedimiento legal.
- Si se han aplicado los límites del salario o de las pensiones.
- Si el importe retenido coincide con la deuda real.
En menos de 24 horas, elaboramos un informe jurídico de viabilidad que indica si el embargo puede suspenderse, anularse o modificarse.
En muchos casos, la suspensión puede solicitarse el mismo día de la consulta.
Defensa legal ante la Agencia Tributaria
Actuamos ante la Delegación de Recaudación o la Unidad de Embargos de la AEAT para frenar la ejecución, presentando los recursos y solicitudes necesarias.
Nuestros abogados fiscalistas utilizan todos los instrumentos legales disponibles:
- Solicitud de suspensión cautelar.
- Recurso de reposición.
- Reclamación económico-administrativa.
- Negociación de aplazamientos o fraccionamientos.
El objetivo es ganar tiempo, detener la ejecución y proteger tus bienes o cuentas mientras se estudia el fondo del procedimiento.
Recuperación de cantidades embargadas
Cuando el embargo ya se ha ejecutado, gestionamos la reclamación de ingresos indebidos, acreditando el defecto procedimental o el exceso en la retención.
En caso de que el embargo se declare nulo, Hacienda debe devolver el dinero embargado más los intereses legales.
Nuestros abogados se encargan de todo el proceso, desde la solicitud hasta la ejecución de la devolución, sin que tengas que realizar trámites adicionales.
Asesoramiento preventivo para evitar nuevos embargos
Además de resolver el problema actual, ofrecemos un servicio de prevención fiscal.
Analizamos la situación global del cliente, detectamos posibles riesgos y diseñamos una estrategia de cumplimiento que evita que vuelvan a producirse embargos.
Este enfoque preventivo es especialmente útil para autónomos y pymes, que suelen sufrir embargos recurrentes por errores formales o por desconocer los plazos de la Administración.
💬 “La mejor forma de evitar un embargo futuro es tener una defensa jurídica continua.”
En Área Jurídica Global actuamos de forma inmediata para detener, anular o revertir embargos y garantizar la defensa de tus derechos frente a la Agencia Tributaria.
Testimonios de clientes que resolvieron su embargo con nuestra ayuda

Marina T. — Madrid
“Me desperté con la cuenta bloqueada y no podía pagar ni el alquiler. En Área Jurídica Global revisaron mi caso y descubrieron que Hacienda no había notificado correctamente la deuda. En menos de una semana presentaron la suspensión y me devolvieron el dinero embargado.”

Pedro G. — Valencia
“Tenía varios embargos de nómina acumulados por una deuda de IVA. Los abogados del despacho revisaron los cálculos y demostraron que estaban reteniendo más de lo permitido. Hacienda corrigió el error y redujo el embargo al límite legal.”

Laura R. — Sevilla
“Me embargaron una ayuda familiar por error. En Área Jurídica Global demostraron que esos ingresos eran inembargables y gestionaron la devolución completa. Su rapidez y profesionalidad me devolvieron la tranquilidad.”
💬 “Un embargo no se resuelve sólo, pero con un buen abogado puede desaparecer.”
Preguntas frecuentes sobre embargos de Hacienda
Un embargo de Hacienda puede parecer una situación sin salida, pero la ley ofrece múltiples formas de detenerlo y revertirlo.
Conocer tus derechos y actuar a tiempo es la clave para evitar que el problema crezca.
En Área Jurídica Global tratamos cada caso con rigor jurídico y rapidez, porque sabemos que detrás de cada embargo hay una historia que merece justicia.
⚖️ “Hacienda puede bloquear tu cuenta, pero no puede quitarte tu derecho a defenderte.”
En Área Jurídica Global defendemos tus intereses frente a la Agencia Tributaria con una estrategia legal eficaz para detener embargos, recuperar tu dinero y proteger tus ingresos.
